Tipo de proceso
No presentan la misma complejidad las intervenciones en el fuero civil, laboral, penal o de familia.
Conocé qué factores influyen en los honorarios, qué incluye una evaluación psicológica judicial y por qué no existe un precio único para todos los casos.
Es una de las consultas más frecuentes, pero también una de las más difíciles de responder sin conocer previamente el caso.
No existe un valor estándar para una pericia psicológica judicial, porque cada intervención presenta características propias que modifican el tiempo de trabajo, la complejidad técnica y el alcance de la evaluación.
Antes de establecer honorarios resulta necesario conocer el motivo de la consulta, el tipo de intervención requerida, la documentación disponible y los objetivos concretos de la evaluación.
Informar un presupuesto sin conocer el caso podría resultar incorrecto tanto para el profesional como para quien solicita la evaluación.
Por ese motivo primero se analiza la situación planteada, luego se determina el alcance del trabajo y finalmente se informan los honorarios correspondientes.
Una pericia psicológica no consiste únicamente en una entrevista.
Se trata de un proceso técnico que puede requerir distintas etapas de trabajo, según las necesidades del caso y los requerimientos judiciales.
No presentan la misma complejidad las intervenciones en el fuero civil, laboral, penal o de familia.
La cantidad de antecedentes, historias clínicas, expedientes y documentación incide directamente en el tiempo de análisis.
Algunos casos requieren más de un encuentro para obtener la información necesaria.
Las técnicas seleccionadas dependen de las características del caso y de los objetivos de la intervención.
La elaboración del informe requiere integrar entrevistas, documentación y resultados de manera técnicamente fundada.
En determinados expedientes pueden solicitarse aclaraciones, ampliaciones o nuevas presentaciones.
Detrás de una pericia psicológica existe un trabajo técnico mucho más amplio que una simple entrevista clínica.
El proceso implica planificación, evaluación, integración de información, fundamentación profesional y elaboración de conclusiones destinadas al ámbito judicial.
Análisis de antecedentes, documentación y objetivos de la evaluación.
Obtención de información clínica, personal, familiar y vinculada con el hecho investigado.
Elección de instrumentos según las características de cada caso.
Aplicación, corrección e interpretación de las técnicas seleccionadas.
Análisis conjunto de entrevistas, documentación y resultados obtenidos.
Redacción del informe con fundamentación técnica y respuesta a los puntos solicitados.
El presupuesto se relaciona con el trabajo profesional que requiere cada caso y no solamente con la duración de una entrevista.
Dos evaluaciones psicológicas pueden tener objetivos, documentación, cantidad de entrevistas y exigencias completamente diferentes.
Por ese motivo, los honorarios deben establecerse una vez comprendido el alcance real de la intervención.
Se considera la cantidad de situaciones, antecedentes y variables que deben analizarse.
Una evaluación individual no implica el mismo trabajo que una intervención sobre varias personas.
Expedientes extensos, historias clínicas, informes previos y documentación complementaria requieren mayor tiempo de lectura y análisis.
Algunos casos pueden resolverse con pocos encuentros, mientras que otros requieren una evaluación más amplia.
La batería se selecciona según el objetivo, la edad, las características personales y las preguntas que deben responderse.
No todos los informes tienen la misma extensión, estructura, profundidad ni finalidad judicial.
La existencia de plazos próximos puede requerir una reorganización especial del trabajo profesional.
Pueden existir pedidos de aclaraciones, ampliaciones, impugnaciones o ratificación.
No toda consulta vinculada con un expediente requiere una pericia psicológica completa.
En algunos casos se necesita una evaluación, en otros un informe, una intervención como perito de parte o una revisión técnica de material ya producido.
Proceso completo de evaluación, integración y elaboración de conclusiones para el ámbito judicial.
Intervención destinada a analizar aspectos psicológicos relevantes para un trámite o proceso determinado.
Documento profesional elaborado a partir de una evaluación y con una finalidad específica.
Asistencia técnica durante una evaluación o intervención desarrollada dentro de una causa.
Análisis metodológico y técnico de un informe psicológico ya existente.
Orientación para psicólogos que necesitan trabajar sobre una causa, informe o decisión técnica.
Solicitar “una pericia” no siempre describe con precisión la intervención que corresponde realizar.
El análisis inicial permite determinar si se requiere una evaluación completa, un informe, una revisión técnica u otra modalidad de trabajo profesional.
Las evaluaciones psicológicas pueden desarrollarse en ámbitos diferentes y responder preguntas técnicas que no son iguales entre sí.
Esto modifica la documentación que debe estudiarse, las áreas que deben evaluarse y la forma de elaborar las conclusiones.
Puede incluir evaluación de daño psíquico, repercusiones funcionales, causalidad, tratamiento e incapacidad.
Puede requerir el análisis de enfermedades, accidentes laborales, antecedentes, incapacidad y necesidad de tratamiento.
Puede comprender dinámicas familiares, capacidades parentales, vínculos, revinculación y situaciones de conflicto.
Puede requerir evaluaciones vinculadas con víctimas, imputados, testigos o situaciones de violencia.
Puede relacionarse con trámites, aptitudes, licencias, cambios registrales u otras presentaciones institucionales.
Puede solicitarse una evaluación previa para analizar la conveniencia de iniciar una presentación o reclamo.
Porque dos personas pueden requerir procesos de evaluación completamente diferentes, aunque ambas consultas reciban el mismo nombre.
Una intervención puede requerir pocas entrevistas y documentación limitada, mientras que otra puede involucrar antecedentes extensos, múltiples técnicas, análisis de causalidad y respuestas judiciales complejas.
El honorario no depende únicamente del tiempo presencial, sino también del trabajo técnico realizado antes, durante y después de cada entrevista.
Lectura de documentos, antecedentes y requerimientos antes de iniciar la evaluación.
Desarrollo de entrevistas, administración de técnicas y observación profesional.
Puntuación, organización y revisión de las técnicas administradas.
Análisis de indicadores, convergencias, contradicciones y límites del material.
Articulación entre entrevistas, documentación, resultados y antecedentes relevantes.
Elaboración de un documento claro, completo y técnicamente fundamentado.
Una parte importante de la labor pericial se realiza fuera del encuentro con la persona evaluada.
La lectura, corrección, interpretación, integración y redacción requieren tiempo profesional que también forma parte del presupuesto.
El presupuesto se establece después de comprender la consulta y definir qué trabajo resulta necesario.
Se identifica quién solicita la intervención y cuál es el motivo concreto.
Se determina el ámbito, el estado del trámite y la finalidad de la evaluación.
Se revisa qué material existe y cuál resulta necesario para comprender el caso.
Se define si corresponde evaluación, informe, perito de parte, revisión o supervisión.
Se estiman las etapas, entrevistas, técnicas y tiempos de trabajo.
Una vez definido el trabajo, se informa el presupuesto correspondiente.
Para brindar un presupuesto serio es necesario contar, como mínimo, con información básica sobre la consulta.
Un mensaje que únicamente pregunta “cuánto sale una pericia” no permite conocer qué tipo de intervención se necesita, cuál es la complejidad del caso ni qué documentación existe.
Por ese motivo, el Estudio solicita primero algunos datos para poder orientar adecuadamente y evitar informar un valor que luego no se corresponda con el trabajo real.
Esta modalidad protege a quien consulta, porque permite comprender previamente qué servicio necesita y qué incluye.
También permite establecer condiciones claras antes de comenzar cualquier intervención profesional.
No es necesario conocer el nombre jurídico o técnico exacto del trámite.
Sin embargo, brindar algunos datos básicos permite comprender más rápidamente la situación y orientar la intervención.
Informar si consulta una persona, un familiar, un abogado, un estudio jurídico o un profesional.
Explicar brevemente qué ocurrió y por qué se necesita una intervención psicológica.
Indicar si todavía no se inició, si está en curso o si ya existe una fecha judicial.
Informar si se cuenta con demanda, resolución, oficio, historia clínica o informes anteriores.
Indicar si la evaluación corresponde a un adulto, adolescente, niño o varias personas.
Comunicar vencimientos, audiencias, entrevistas o presentaciones próximas.
El recorrido de admisión guía a cada persona para que pueda explicar su consulta sin necesidad de utilizar términos técnicos.
Con esos datos se analiza el pedido y se indica cuál puede ser el siguiente paso.
Las condiciones de pago se informan antes de comenzar y dependen del tipo de intervención acordada.
En evaluaciones particulares o intervenciones solicitadas por abogados, estudios jurídicos o profesionales, los honorarios se establecen directamente con el Estudio.
La modalidad de pago, los anticipos y las etapas se organizan según el alcance del trabajo, la duración prevista y las características del caso.
La entrevista profesional de admisión puede tener un arancel propio.
Antes de comenzar se informan los honorarios y las condiciones acordadas.
En trabajos extensos puede acordarse una organización vinculada con las distintas fases.
Las ampliaciones o intervenciones posteriores pueden presupuestarse de manera independiente.
El presupuesto debe indicar qué servicio se realizará, qué etapas comprende y cuáles son las condiciones necesarias para comenzar.
De esta manera se evitan confusiones durante el desarrollo de la intervención.
El presupuesto acordado de manera particular no es lo mismo que una regulación de honorarios dispuesta dentro de un expediente judicial.
Cuando una persona, un abogado o un estudio jurídico contrata directamente una evaluación, los honorarios se acuerdan antes de iniciar el trabajo.
En cambio, cuando un profesional interviene como perito designado dentro de una causa, la regulación puede depender de una resolución judicial y de las normas aplicables al expediente.
Se establece directamente entre el Estudio y quien solicita el servicio.
Son fijados por el tribunal dentro del marco de una causa.
Su intervención se acuerda de manera privada con la parte que solicita asistencia técnica.
Actúa por designación judicial y sus honorarios pueden regularse posteriormente.
Una regulación futura dentro de un expediente no reemplaza automáticamente el presupuesto de un servicio contratado de manera particular.
Cada intervención debe analizarse según el rol profesional y la modalidad de contratación.
El alcance debe definirse antes de comenzar, porque no todas las intervenciones requieren las mismas tareas.
Encuentros necesarios para relevar la información vinculada con el caso.
Selección, administración, corrección e interpretación de instrumentos pertinentes.
Lectura de expedientes, informes, historias clínicas y antecedentes relevantes.
Redacción del documento profesional según el objetivo acordado.
Articulación de entrevistas, documentación y resultados.
Explicación del alcance del trabajo y de los pasos posteriores.
Algunas tareas aparecen después de presentado el informe o dependen de decisiones judiciales posteriores.
Cuando estas intervenciones no pueden preverse al momento del presupuesto inicial, pueden requerir una nueva evaluación del alcance.
Desarrollo de respuestas adicionales solicitadas luego de la presentación.
Contestación de observaciones sobre aspectos específicos del informe.
Análisis y respuesta técnica frente a cuestionamientos posteriores.
Participación presencial o virtual cuando sea requerida.
Comparecencia para explicar o sostener el trabajo realizado.
Revisión de material incorporado después de finalizada la evaluación.
Las condiciones administrativas se informan junto con el presupuesto y antes del inicio de la intervención.
El Estudio emite el comprobante correspondiente conforme a la modalidad de contratación y al servicio profesional realizado.
Es conveniente guardar el detalle del servicio, las condiciones acordadas y los comprobantes vinculados con la contratación.
Esto permite mantener claridad sobre cada etapa del trabajo.
Para brindar un presupuesto adecuado es necesario conocer al menos el motivo, el tipo de intervención y la documentación disponible.
No. Los honorarios varían según la complejidad, el número de personas, las entrevistas, la documentación y el tipo de informe requerido.
La consulta profesional puede ser arancelada, especialmente cuando requiere análisis, orientación o revisión de documentación.
Depende del servicio acordado. El presupuesto debe indicar expresamente si incluye evaluación, informe y otras tareas profesionales.
La modalidad depende del presupuesto. Cuando forman parte de la evaluación acordada, deben contemplarse dentro del alcance informado.
No necesariamente. Si se requiere una audiencia o ratificación posterior, puede presupuestarse como una intervención adicional.
En intervenciones extensas puede acordarse una modalidad vinculada con las diferentes etapas, siempre antes de comenzar.
Sí. Evaluar a varias personas requiere entrevistas, técnicas, análisis e integración diferenciados.
Puede influir cuando existe un vencimiento próximo que obliga a reorganizar especialmente el trabajo profesional.
Puede iniciar el recorrido de FALCO Admisión™ y completar los datos básicos sobre la consulta.
Completá una admisión breve para que el Estudio pueda conocer tu situación y determinar qué tipo de intervención corresponde.
No necesitás conocer el nombre técnico ni jurídico exacto del trámite.
AION te orientará durante el recorrido para que puedas explicar qué necesitás, qué documentación tenés y si existe una fecha próxima.